En México, de acuerdo con las proyecciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO), en 2018 las defunciones se estimaron en 1,523,561, lo anterior significa que del total de la población (125 millones de mexicanos), 1.2% requirió de un producto o servicio funerario.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares al 2018 del INEGI, 2.78% de los hogares realizaron un gasto relacionado con funerales y cementerios.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016 sobre prácticas comerciales de servicios funerarios, un servicio funerario consiste en el manejo, tratamiento, acondicionamiento y traslado, entre otros, que se prestan desde que ocurre el fallecimiento de una persona, hasta su destino final; y que incluye, en todos los casos, el suministro de bienes y servicios complementarios para tal fin.
Las agencias funerarias pueden ser públicas o privadas, en ambas encontrarás paquetes de servicios de uso inmediato y para uso futuro. A continuación te decimos en qué consisten:
- Servicios funerarios inmediatos. Son los que se contratan en el momento que sucede el fallecimiento.
- Servicios funerarios a futuro o de previsión. Son aquellos que se adquieren antes de que suceda el acontecimiento como una forma de prevención. Regularmente se adquiere a plazos mediante pagos fraccionados.
De acuerdo con la NOM, los bienes y servicios que están incluidos en los paquetes proporcionados por las agencias funerarias pueden comprender lo siguiente:
- Ataúd o féretro y/o urna.
- Recepción y traslado del cadáver.
- Preparación estética del cuerpo.
- Embalsamamiento.
- Conservación transitoria.
- Uso de capillas y/o equipos de velación.
- Servicios de gestoría para el traslado y disposición final del cuerpo, previa autorización escrita del contratante.
- Servicio de inhumación, exhumación, reinhumación o cremación prestado por el funerario o un tercero, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
- Derechos de uso de lotes o fosas de panteón, criptas, nichos u osarios para depositar cadáveres, cenizas o restos humanos áridos por un tiempo determinado o a perpetuidad.
- Colocación de lápidas, monumentos y placas de identificación.
- Servicios de transporte para acompañantes.
- Servicios funerarios de asistencia.
Toma en cuenta que una vez obtenido el certificado de defunción a través de un profesional de la salud o personal de la autoridad sanitaria, y el acta de defunción expedida por el Registro Civil, es momento de contactar a la agencia funeraria.
En caso de que cuentes con un servicio de previsión, sólo deberás contactar a la agencia para hacer uso del servicio contratado con antelación.